Convenio MAGyP – Municipio de Villarino implementar medidas de apoyo a la emergencia en marco de la Ley N°26.509.
Destino del fondo: alimento balanceado/ rollos de forraje y/o insumos para la siembra.
Monto máximo por productor $800.000 (pesos ochocientos mil) por productor destinado, a productores agropecuarios ganaderos como máximo 300 madres vacunas de la zona de secano del distrito de Villarino.
Devolución en tres cuotas:
- La primera a vencerse a los 120 días
- La segunda a los 180 días
- La tercera a los 240 días
El importe de la cuota se conformará multiplicando la tercera parte de los kilos de carne del primer párrafo, multiplicado por el valor del índice INML SUGERIDO PARA ARRENDAMIENTOS RURALES/ROFEX, tomando como referencia del cálculo la fecha de vencimiento de la cuota tres meses o día inmediato anterior.
En una segunda etapa el productor podrá acceder nuevamente al fondo rotatorio habiendo cancelando 2/3 del mismo.
Empromuv
Consultas:
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