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11 junio, 2021
Comunicación y Medios

ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva

La Dirección de Bromatología del Municipio de Villarino informa que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió la comercialización del siguiente producto:

PRODUCTO:

  • “Aceite de oliva, marca “Monte Olivo”, Salud & Buen Gusto, Origen: San Rafael, Mendoza, RNE 3314257, RPNA 13624389, Primera Prensada en frío Extra Virgen”.
  • Todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE Nº 3314257 y RNPA N° 13624389.

MOTIVO:

El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

DISPOSICIÓN N°4011/2021 

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