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29 mayo, 2021
Comunicación y Medios

ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de girasol

La Dirección de Bromatología del Municipio de Villarino informa que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió la comercialización del siguiente producto:

PRODUCTO:

  • Aceite 100% girasol, producto para gastronomía, marca Girasoles, cont. neto 4.5 litros”, y “Aceite 100% girasol, producto para gastronomía, marca Girasoles, sin indicar contenido neto”, ambos con RNPA 04-0003576 y elaborados por RNE 04-000329.
  • Todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE 04-000329 y el RNPA 04-0003576.

MOTIVO:

Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

DISPOSICIÓN N°3605/2021 

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