Esta ordenanza tiene como objetivo minimizar los daños que pueden ocasionar los incendios. Con un año climático propicio por el desarrollo de pastizales, es importante contar con los respectivos cortafuegos. Cuide su capital, evite incendios.
Quienes quieran mayor información respecto de la reglamentación vigente pueden dirigirse a la UGM más próxima o comunicarse vía mail a produccion@villarino.gob.ar o por teléfono al (02927) 432201 interno 230.
Ordenanza Municipal
VISTO la Ordenanza N° 2880 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Villarino, reunido en Sesión Ordinaria el día 6 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO
Que la misma refiere a: Adhesión Ley Nacional de manejo de Fuego n° 26.815/2012 – Contrafuegos – Derogación de Ordenanzas n° 56/1984 y Ordenanza n° 1671/02;
Que ha sido aprobada por la totalidad de los Señores Concejales presentes;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES DECRETA
ARTICULO 1°. Promulgar la ORDENANZA N° 2880, de fecha 6 de julio del 2016, referida al exordio del presente Decreto, téngase por Ordenanza del Partido de Villarino y cúmplase.
ARTICULO 2°. Pase a la Subsecretaría de Protección Ciudadana, las Direcciones de Producción, Servicios Viales y Comunicación y Medios, para su conocimiento y continuidad del procedimiento administrativo.
ARTICULO 3°. Registrar, comunicar, publicar. Dar al R.O., cumplido, archivar.
DECRETO N° 737/2016