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28 marzo, 2024
Comunicación y Medios

ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva

La Dirección de Bromatología del Municipio de Villarino  informa que hoy, 7 de septiembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial la prohibición de comercialización de los siguientes productos:

PRODUCTOS:

  • Aceite de oliva extra virgen Suave, marca Olivares del Valle, Elab. Por Est. Don Matías, RNPA 025-13027521/ RNE 13002304, Albardón y Riobamba, Los Arboles, Rivadavia, Mendoza
  • Todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 13022304 y RNPA 025-13027521.

MOTIVO:

Los productos se hallan en infracción a el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulados al consignar en sus rótulos un número de RNE perteneciente a otra razón social y de RNPA perteneciente a otro producto, ambos dados de baja, resultando ser productos en consecuencia ilegal.

Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad se recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos.

DISPOSICIÓN 6651/2021

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