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15 noviembre, 2017
Comunicación y Medios

Ordenanza N°2988/17: Regularización del mantenimiento de terrenos baldíos

Recordamos a todos los vecinos propietarios de terrenos baldíos o inmuebles edificados en estado de abandono o ruina que deberán mantener el mismo en buen estado de conservación de acuerdo a la Ordenanza N°2988.

En caso de que el terreno no reúna las condiciones de higiene y/o salubridad, el propietario deberá proceder al desmalezamiento, limpieza y desinfección del mismo. Durante los próximos días las Unidades de Gestión de cada localidad realizarán un relevamiento de los terrenos baldíos e inmuebles que se encuentren en malas condiciones de mantenimiento y conservación para la posterior realización de un informe que se enviará a la Dirección de Catastro.

Es importante el compromiso de todos para así evitar alimañas y plagas, como ratas o mosquitos, y los incendios. Por este motivo rogamos a los vecinos que no tengan su terreno baldío en condiciones regularizar su situación. En caso contrario se los intimará para que en el plazo de 15 días hábiles realicen las tareas de limpieza, erradicación de alimañas y conservación de los predios y aceras relevadas. Si no se realizarán dentro de ese plazo se procederá a ejecutar a su costa, imputándose dicho gasto a la Partida Inmobiliaria afectada, y si correspondiere se aplicará una multa.

Ordenanza completa: Ordenanza 2988

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